La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) detectó irregularidades y el incumplimiento de requisitos para acceder a las Pensiones No Contributivas.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informó que dio de baja a aquellos titulares que percibían las Pensiones No Contributivas (PNC) desde septiembre. Esto se debió a la detección de irregularidades y al incumplimiento de los requisitos necesarios para percibir el pago.
Aquellas personas que necesiten percibir una Pensión No Contributiva en el mes de septiembre, deben cumplir con los siguientes requerimientos obligatorios establecidos por el Estado Nacional, dependiendo del tipo de PNC.
Pensión no contributiva por invalidez
- Ser argentino nativo, o naturalizado, que residan en el país. En el caso de extranjeros, deberán acreditar una residencia mínima continuada en el país durante 10 años.
- Tener menos de 65 años de edad.
- No estar recibiendo pensión o jubilación
- En caso de que sea menor de edad, se evaluarán los ingresos del grupo familiar ya que no podrán ser superior a 4 jubilaciones mínimas.
En el caso de que residan en Santiago del Estero, Santa Cruz, San Luis, La Pampa, Neuquén o Tierra del Fuego, además del CMO se tendrá que presentar el informe catastral con sello del organismo emisor con el nombre del titular (o cónyuge/conviviente). En el caso, si es menor de 18 años, deben estar a nombre de tus padres o tutor.
Pensión no contributiva para madre de 7 hijos
- Ser argentina o naturalizada (tener un año mínimo de residencia en el país).
- En caso de ser extranjera, tener una residencia en el país al menos 15 años.
- No ser titular de una jubilación, pensión o retiro, de carácter contributivo o no contributivo, sea otorgado por cualquier régimen previsional.
- No percibir una Asignación Familiar por Hijo, Asignación Universal por Hijo y Asignación por Embarazo.
- No poseer bienes, ingresos, ni recursos de otra naturaleza que permitan la subsistencia del grupo familiar.
- El cónyuge o concubino puede ser titular de un beneficio previsional, pero no de una pensión por vejez o de pensión por invalidez de carácter no contributivo.
Pensión no contributiva por vejez
- Tener 70 o más años de edad.
- Ser argentino nativo o naturalizado, residente en el país. En este último caso, debe resideir en el país al menos 5 años.
- En el caso, de las personas extranjeras, deben residir en el país al menos 40 años.
- No deben percibir una jubilación, pensión o retiro de carácter contributivo o no contributivo, otorgado por cualquier régimen previsional.
- No poseer bienes, ingresos ni recursos de otra naturaleza que ayuden en la subsistencia y la de su grupo familiar conviviente.
- No encontrarse detenido a disposición de la Justicia.
La pensión por vejez, en el caso de un matrimonio, se tramita en favor de uno de los cónyuges. En caso de que haya ausencia definitiva del país, se perderá el derecho al beneficio.