El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) autorizó a las empresas prestadoras de servicios de telefonía, internet y televisión a incrementar sus tarifas mensualmente hasta un máximo del 4,5% hasta fin de año.

Es a través de la resolución 557/2023, publicada en el Boletín Oficial, donde se establece que las licenciatarias de servicios móviles, internet, telefonía fija y televisión -por cable y satelital- podrán aumentar un 4,5% mensual hasta diciembre, tomando como referencia los valores del último día del mes anterior. Además, los valores máximos para los planes prepagos de los servicios móviles también han sido modificados.

La resolución señala que los incrementos “procuran la menor afectación en los ingresos de la población, junto con razonables márgenes de ganancia para las empresas prestadoras, fomentando un escenario en el que se pretende la competencia por precios libres“. Además, se tuvo en cuenta “el contexto económico” y las “dificultades que atraviesan todos los actores involucrados, prestadoras y público usuario“.

Las empresas prestadoras podrán aplicar la actualización de las tarifas retroactivamente a partir del 30 de abril. Los topes de aumentos aplican mayormente para pymes, cooperativas y empresas menores, ya que algunas de las grandes firmas, como Telecom o Telefónica, recurrieron a amparos y medidas cautelares para no cumplir con los mismos.

La resolución también hace alusión a la necesidad de “acompañar el camino de la reducción de precios diseñado en la política económica vigente” y situarse en línea a los “acuerdos suscriptos” por la Secretaría de Comercio con “distintos sectores de la economía“, para llegar hacia “un sendero de reducción de la inflación“.

Las prestadoras que -sin cautelares o recursos vigentes- hubieran facturado incrementos superiores a los autorizados, “no podrán proceder a computar los plazos legales para suspensión o corte del servicio ante falta de pago“, y lo podrán hacer únicamente en las nuevas facturas emitidas conformes a los topes. Además, deberán reintegrar los importes facturados en exceso, con los mismos intereses y actualizaciones que se aplican en caso de mora por el pago de facturas.

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