Lo decidió la jueza Martina Forns en el marco de la causa contra el Hospital Italiano. Tiene efectos exclusivos a la afiliada que hizo el planteo: una jubilada de 78 años.

Desde que Javier Milei dictó el decreto 70/2023 el 20 de diciembre último, se produjo una lluvia de medidas cautelares en contra de algunas de sus 366 medidas; entre ellas, la suspensión de la reforma laboral. Este lunes fue el turno de los aumentos que dispusieron las empresas de medicina prepaga.

Las subas en las cuotas superaron en algunos casos el 75%. Esto produjo un aluvión de trámites de afiliados para optar por planes más económicos y en muchos casos hasta darse de baja en la cobertura. Pero Marta Cristina Brauchli, de 78 años, decidió ir a la Justicia, que por ahora le dio la razón.

La jueza federal de San Martín Martina Forns hizo lugar a la medida cautelar solicitada por Brauchli y le ordenó al Hospital Italiano “readecuar las cuotas correspondientes a su plan asistencial, dejando sin efecto los aumentos realizados en aplicación del DNU 70/23” del presidente Milei, limitándose a efectuar los aumentos autorizados por el Ministerio de Salud en los términos del artículo 17 (no sustituido por su decfreto) de la ley 26.682 “hasta tanto se dicte sentencia definitiva, debiéndose acreditar su cumplimiento en el plazo de 48 horas bajo apercibimiento de ley”.

Dicha artículo de la ley Marco Regulatorio de Medicina Prepaga regula, justamente, las cuotas de los planes y establece que el Ministerio de Salud (ahora convertido en secretaría dependiente de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello) “fiscalizará y garantizará la razonabilidad de las cuotas de los planes prestacionales” y “autorizará el aumento de las cuotas cuando el mismo esté fundado en variaciones de la estructura de costos y razonable cálculo actuarial de riesgos”.

El fallo de Forns, indicó la cuenta de X (Twitter) del blog especializado Palabras del Derechotiene “efectos exclusivos a la mujer que hizo el planteo”. La afiliada señaló en su presentación que la “Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires – Hospital Italiano” le incrementó “primero en un 40%” la cuota para enero de 2024 y que “luego recibió otra comunicación para febrero con un nuevo incremento del 29,5%”. Dijo, además, que sus haberes previsionales por el período 12/23 ascienden a la suma de $323.089,39, “por lo cual le resulta imposible afrontar dicho pago”.

“Cabe señalar que, si bien la presente causa fue declarada como proceso colectivo, aún no ha podido ser inscripta en el Registro correspondiente, atento a lo peticionado por la actora y la urgencia del caso considero que corresponde tratar la medida cautelar solicitada de forma individual”, dijo la jueza Forns en los considerandos de su fallo.

Más temprano, la jueza nacional del Trabajo Silvia Garzini le había dado 72 horas el Poder Ejecutivo Nacional para emitir su informe por la acción de amparo presentada por la CGT. Sin embargo, el Gobierno directamente hizo la presentación a la Corte Suprema.

La jueza dispuso “habilitar la feria judicial” y “requerir al Poder Ejecutivo Nacional que en el plazo de 72 horas evacue el informe circunstanciado al que alude el artículo 8 de la ley 16.986”, según surge de la resolución de tres páginas a la que accedió la agencia estatal de noticias Télam. La CGT pretende se declare la invalidez constitucional del DNU 70/2023 porque, a su criterio, viola el principio de división de poderes y establece una reforma laboral con modificaciones “peyorativas y permanentes” en los derechos de los trabajadores y sus organizaciones sindicales, nacidos de normas legales y garantizados por los tratados internacionales y la propia Constitución.

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