La nueva Ley de Alquileres ya entró en vigencia después de ser publicado el Decreto 533/2023 en el Boletín Oficial. Esta promulgación tiene como objetivo proporcionar certidumbre a millones de inquilinos en medio de la crisis económica que atraviesa el país.

El decreto fue firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Agustín Rossi, y los ministros de Justicia, Martín Soria, y de Economía, Sergio Massa.

La ley, que fue aprobada con 128 votos a favor y 114 en contra en Diputados, mantiene la duración de tres años para los contratos de alquiler. Sin embargo, establece un intervalo mínimo de seis meses para la actualización de los precios, en contraposición a la normativa previa que permitía una única actualización anual del valor del alquiler.

El índice para la actualización de los precios se basará en el coeficiente “Casa Propia” utilizado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat. Este coeficiente estará conformado por la menor variación entre el promedio del 0,9 de la variación del Coeficiente de Variación Salarial publicado por el INDEC y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia publicado por el Banco Central de la República Argentina.

Con la reglamentación, se ofrece una guía para calcular el nuevo valor del alquiler, que incluye el uso del índice “Casa Propia”. Los inquilinos pueden verificar los últimos datos del índice en la web oficial de Casa Propia en argentina.gob.ar y utilizarlos para calcular el aumento del alquiler en función de los valores del semestre.

La nueva ley también establece que los precios de los contratos deben expresarse en moneda nacional y prohíbe la publicidad de los precios de alquiler en cualquier otra moneda que no sea el peso argentino. Además, introduce un incentivo fiscal relacionado con el monotributo, eximiendo del pago de este impuesto a los ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta dos inmuebles.

Por otra parte, se mantienen las exenciones de Bienes Personales para los inmuebles destinados al alquiler para vivienda habitacional y del impuesto al cheque para cuentas bancarias utilizadas exclusivamente para operaciones relacionadas con la actividad de alquiler de inmuebles.

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