El Poder Ejecutivo Nacional (PEN) postergó hasta el 1° de febrero de 2024 los efectos de los incrementos en los montos de impuestos establecidos en la Ley 23.966 para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil.

Los incrementos en los montos de dichos impuestos que resulten de las actualizaciones correspondientes al tercer y cuarto trimestres calendario de 2021, al primer, segundo, tercer y cuarto trimestres calendario de 2022 y al primer, segundo y tercer trimestres calendario de 2023, surtirán efectos a partir del 1° de febrero de 2024, inclusive.

La medida se tomó “con el fin de asegurar una necesaria estabilización y una adecuada evolución de los precios”, teniendo en cuenta que, “tratándose de impuestos al consumo, y dado que la demanda de los combustibles líquidos es altamente inelástica, las variaciones en los impuestos se trasladan en forma prácticamente directa a los precios finales de los combustibles”, según indica el Decreto N° 567/2023, publicado hoy en el Boletín Oficial.

Decreto N° 567/2023

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *