El Banco Central dispuso una flexibilización en los requisitos para la apertura de una caja de ahorro en dólares, equiparándolos a los que tienen las cajas en pesos.
Desde 2020, para hacer la apertura de una caja de ahorro en moneda extranjera, las entidades financieras debían asegurarse de que el usuario poseía ingresos y/o activos consistentes en moneda extranjera, que no era beneficiario de ningún plan social, ni asignaciones familiares.
Mediante la Comunicación A8027, el Central dispuso que “para la apertura y el funcionamiento de la caja de ahorros en moneda extranjera serán de aplicación las disposiciones relativas a la caja de ahorros en pesos contenidas en el punto 1.4 de las normas sobre ‘Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales'”.
El punto 1.4 establece que “la apertura de una caja de ahorros no podrá estar condicionada a la adquisición de ningún otro producto y/o servicio financiero ni integrar ningún paquete multiproducto”.
Al respecto, el economista Alfredo Romano posteó en su cuenta de X (ex Twitter): “Muy bien este comunicado del @BancoCentral_AR. Se sigue armando el camino hacia la dolarización”.
El 15 de septiembre de 2020, la disposición del Central estableció que para la “apertura de una caja de ahorros en moneda extranjera –excepto que se solicite para acreditar transferencias que provengan del exterior– las entidades financieras deberán obtener evidencia de la que surja que el cliente posee ingresos y/o activos consistentes con el ahorro en moneda extranjera, no siendo admisible que sea beneficiario de algún plan o programa caracterizado como de ayuda social”.
“Además, las entidades deberán requerir documentación respaldatoria de los ingresos y/o activos del cliente y/o toda otra documentación que les permita evaluar la razonabilidad de que el cliente efectúe ahorros en moneda extranjera”, señalaba la Comunicación A7105.
Cambios para los créditos hipotecarios UVA
Por otra parte, con el objetivo de impulsar los créditos hipotecarios UVA, la Comunicación “A” 8024 del Central actualizó las normas sobre “Política de crédito” a fin de estandarizan los sistemas de préstamos UVA y estableció que la tasa puede ser convenida libremente entre las partes.
También se elimina la obligatoriedad a los bancos de ofrecer un seguro para cubrir descalce entre los coeficientes de Estabilización de Referencia (CER) y Casa Propia (CVS), que los hacía mantener la relación cuota-ingreso, agregando más cuotas al final.